Comité de Derechos del Niño Uruguay

Observación General Nº 25 sobre Entorno Digital para niñas, niños y adolescentes

Observación General Nº 25 sobre Entorno Digital para niñas, niños y adolescentes

El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, formado por 18 expertos individuales, recomienda que los Estados adopten medidas legislativas y administrativas contundentes para proteger a los niños de los contenidos perjudiciales y engañosos.

También pide que se les proteja de cualquier forma de violencia producida en el entorno digital, como la trata de niños, la violencia de género, las agresiones en línea, los ciberataques y los conflictos informativos.

Esas recomendaciones se encuentran en la nueva guía del citado Comité, que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño por sus Estados parte.

La guía destaca la importancia de proteger en todo momento la privacidad de los niños y de que éstos y sus padres puedan acceder fácilmente a los datos almacenados por las autoridades o las empresas privadas y eliminarlos.

Los países también deben garantizar que las empresas respeten los derechos de los niños y que impidan y solucionen los abusos de sus libertades relacionadas con el entorno digital.

«Las empresas no deben crear perfiles ni captar a los niños con fines comerciales basándose de sus registros digitales», afirmó Luis Pedernera, Presidente del órgano, «ni deben utilizar la publicidad inmersiva y la publicidad en entornos virtuales para promover productos y servicios entre los niños».

Los derechos de los niños han de respetarse, protegerse y cumplirse también en el entorno digital, aseguraron los especialistas, que indicaron que los menores deben tener acceso a contenidos e información apropiados para su edad y que los empodere, partiendo de una amplia gama de fuentes fidedignas.

Además, el acceso a internet ha de ser universal, ya que el acceso adecuado a las tecnologías digitales puede empoderar a los niños y ayudarles a cumplir todos sus derechos civiles, políticos, culturales, económicos y sociales.

📌 Pueden acceder al documento (al momento solo en inglés) AQUÍ: COMENTARIO GENERAL Nº 25