Comité de Derechos del Niño Uruguay

Convocatoria del CDN para la entrega de insumos con relación al Comentario General sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle

Convocatoria del CDN para la entrega de insumos con relación al Comentario General sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle

El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha decidido elaborar un Comentario General sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle. Las experiencias, oportunidades y retos que estos niños enfrentan varían ampliamente a lo largo de diferentes regiones y entre diferentes grupos de niños. Por tanto, el Comité está interesado en recibir insumos de los Estados partes, la sociedad civil y otros organismos interesados, de todas las regiones y desde un amplio rango de perspectivas, para enriquecer el proceso de redacción con relación a algunos de los temas específicos que se enumeran posteriormente.

  • Deben estar redactados en alguno de los idiomas de trabajo del Comité – inglés, francés o español.
  • Deben enviarse a  crc@ohchr.org en formato WORD;
  • Deben indicar “Submission for General Comment on children in street situations” en el asunto;
  • No deben exceder las 1.500 palabras;
  • Pueden incluir links/referencias a fuentes útiles adicionales;
  • Serán publicados en la página web del CDN dedicada al proyecto de Comentario General;
  • Deben ser recibidos con anterioridad al 12 de abril de 2016.

Para facilitar el trabajo del Comité, este plazo será estrictamente respetado. Los insumos recibidos una vez vencido el plazo señalado no serán considerados ni publicados en la página web del Comité. Los informes que no sean presentados en inglés, francés o español, o que contengan más de 1.500 palabras, no serán considerados.

Tras la exhaustiva y debida consideración de los informes recibidos, será el Comité el que decidirá sobre el contenido de la versión final del Comentario General.

Consultas con niños

En el siguiente enlace se puede acceder a versiones adaptadas para niños de las cuestiones abajo mencionadas y del proyecto de Comentario General así como a sugerencias para llevar adelante consultas con niños:http://www.streetchildrenresources.org/resources/consulting-with-children-on-the-call-for-written-submissions/ [Enlace externo*]. Se insta a las organizaciones de la sociedad civil y a otros actores que trabajen directamente con niños, niñas y adolescentes en situación de calle a consultarles y a realizar insumos que detallen sus opiniones.

En 2016 tendrán lugar en diferentes regiones diversos eventos de consulta con niños, niñas y adolescentes en situación de calle y adultos que trabajan con ellos. Este proceso de consulta permitirá conocer sus reacciones en relación con los temas tratados en el proyecto de Comentario General.

Los insumos deben tratar una o más de las siguientes cuestiones:

  1. El derecho a la libertad de asociación y reunión (artículo15)
  • ¿Cuáles son las realidades de asociación y reunión de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle y cómo se violan sus derechos previstos en el artículo 15?
  • ¿Qué buenas prácticas/soluciones existen respecto a la realización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle previstos en el artículo 15?
  • ¿Qué ejemplos concretos existen sobre restricciones legítimas o ilegítimas de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle previstos en el artículo 15?
  1. El derecho a la protección y asistencia especial para niños privados de su medio familiar (artículo 20).
  • ¿Cómo pueden los Estados garantizar el derecho de los niños a una protección y asistencia especiales ofreciéndoles mejores opciones para que no se vean obligados a depender de sus vínculos en la calle para su supervivencia y/o desarrollo? (Incluyendo buenas prácticas/soluciones dirigidas a cubrir las necesidades de protección y asistencia de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle).
  1. El derecho a un nivel de vida adecuado (artículo 27)
  2. ¿Cuáles son las medidasmás efectivasque los Estados partes pueden adoptar con miras a  implementar el derecho a un nivel de vida adecuado para los niños, niñas y adolescentes en situación de calle o en riesgo de estarlo, incluyendo la asistencia a los padres y a otras personas responsables  por el niño?
  3. Desarrollo de estrategias a largo plazo, con una perspectiva holística y basada en derechos para prevenir que los niños desarrollen relaciones en la calle y dar apoyo a niños que ya se encuentren en dicha situación.
  • ¿Qué deberían incluir las estrategias a largo plazo, con una perspectiva holística y basada en derechos para prevenir que los niños, niñas y adolescentes en situación de calle desarrollen relaciones fuertes en la calle y para dar apoyo a los niños que ya se encuentran en dicha situación?
  • ¿Cuáles son los criterios y/o indicadores para que una intervención para prevenir que los niños desarrollen relaciones fuertes en la calle y para dar apoyo a los niños que ya se encuentran en dicha situación sea considerada como buena práctica?
  • ¿Cuáles son las recomendaciones clave que el Comité debería hacer a los Estados en relación con esta cuestión?

El esquema del Comentario General puede encontrarse aquí (disponible sólo en inglés).