Comité de Derechos del Niño Uruguay

Seguimiento de la Convención

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El seguimiento se realiza a través del trabajo en conjunto con distintas organizaciones sociales, no gubernamentales y personas en particular integrantes de la Sociedad Civil, que aportan a este Comité los informes correspondientes a la situación de los derechos de los niños en las distintas áreas: educación, salud, trabajo infantil, privación de libertad, situación de calle, maltrato y abuso, discapacidad, entre otras.

La Convención sobre los Derechos del Niño otorga expresión legal al principio que establece que los niños tienen derechos humanos independientes.
El CDN se fundamenta en cuatro principios generales:

  • No-discriminación
  • Interés Superior del Niño
  • Participación
  • Supervivencia y desarrollo


Visión del CDN:

La visión de la CDN se describe como una sociedad en la cual se reconoce a los niños como:

  • Poseedores legítimos de derechos.
  • Individuos capaces de participar en la sociedad.
  • Individuos necesitados de atención y protección adicional.

Esta es la visión de un modelo de sociedad en la cual todas las decisiones relativas a los niños se basan en un enfoque de no-discriminación y en aquello que se considera el interés superior del niño. Acciones para enfrentar directamente las violaciones a los derechos del niño:
Respuestas prácticas frente a las violaciones de los derechos del niño.
Crear métodos de protección contra las violaciones a través de campañas y enfoques que aumenten y fortalezcan el conocimiento sobre los derechos.
Observando las interacciones entre el niño y el medio local, las cuales influyen directamente sobre su desarrollo tales como la participación garantizada de los niños en las decisiones que involucran su propio desarrollo, la observación de la situación de los niños y niñas y el tratamiento a la discriminación.

Acciones para promover decisiones en favor de los derechos del niño desde los organismos legislativos, políticos y administrativos:

  • Actividades que incrementen el conocimiento de los derechos entre aquellos que toman decisiones en políticas y así como entre los responsables de hacer cumplir los derechos, tanto a nivel comunitario como internacional.
  • Acciones que promuevan el desarrollo y el progreso de los sistemas existentes y que establezcan la creación de otros nuevos que contribuyan a crear un momento de cambio para los niños.
    Actividades de incidencia en todo estrato de la sociedad, que promuevan la toma de decisiones orientadas a mejorar el status de los Derechos del Niño.
  • Acciones que favorezcan la generación de consenso en beneficio de los derechos del Niño entre los miembros del gobierno, los profesionales, los medios de comunicación, el sector privado y la sociedad civil.
    Acciones que favorezcan el conocimiento, la comprensión, el compromiso y la capacidad de llevar a cabo dichas acciones entre los interesados / beneficiarios.
  • Establecer asociaciones con organizaciones comunales de base, ONG y organismos gubernamentales a todo nivel dentro de la sociedad.
    Participar y crear redes entre los profesionales, los medios de comunicación, el sector privado y los actores involucrados.

Observaciones del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas al Estado Uruguayo
08 de junio de 2007
CRC/C/URY/CO/2

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Informe no gubernamental de la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño
2006
Comité de los Derchos del Niño Uruguay

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Informe periódico sobre niñez y adolescencia en el marco de los Derechos del Niño

Presentación año 2006
Ministerio de Relaciones Exteriores / Dirección de Derechos Humanos y Derecho Humanitario

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Informe del Estado Uruguayo presentado al Comité de Derechos del Niño

13 de noviembre de 1995 
CRC/C/3/Add.37. (State Party Report) 

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Observaciones del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas al Estado Uruguayo
30 de Octubre de 1996
CRC/C/15/Add.62. (Concluding Observations/Comments)

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Informe No Gubernamental de la Aplicación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño en Uruguay – 
Período 1996-2000
Montevideo, 7 de noviembre de 2000 
Investigador y redactor del Informe: Soc. Gustavo Leal
Asistente de investigación: Silvana Pedrowicz
Coordinación General de la Investigación/Informe: Luis Pedernera y Soc. Paula Baleato
Asesoramiento Jurídico: Luis Pedernera
Asesoramiento Social: Soc. Paula Baleato

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