El Observatorio de Derechos de Niñez y Adolescencia del Uruguay (ODNAU), presenta un boletín infográfico con datos referentes a la situación de niñas, niños y adolescentes que viven dentro del sistema de protección especial en el Uruguay.
Según ODNAU, para 2018 la proporción de niños en esa situación es de 6 de cada 1000, viviendo bajo alguna de las modalidades de cuidados especiales.
Otro de los puntos destacados es un aumento progresivo de la cantidad de niñas y niños bajo el sistema: en 2012 eran 409 cada 100 mil mientras que en 2018 la cifra asciende a 567 cada 100 mil.
De estos datos también se desprende que 4 de cada 1000 viven en centros de atención 24 hs. Mientras tanto, solamente 2 pueden acceder a la modalidad de atención familiar (acogimiento familiar).
Las recomendaciones internacionales, emanadas del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas al Uruguay en 2015 exponen que «el comité también observa con preocupación la falta de un mecanismo adecuado para supervisar el acogimiento de los niños en hogares de guarda y su asignación a instituciones» (recomendación 37 niños privados de entorno familiar) .
Pero es en especial el punto 38 donde el CDN alega que: «Señalando a la atención del Estado parte las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños (resolución 64/142 de la Asamblea General, anexo), el Comité le recomienda al Estado uruguayo que:
a) Siga promoviendo un sistema de hogares de guarda para los niños que no pueden per-manecer con sus familias, a fin de reducir el internamiento de niños en instituciones;b) Se cerciore de que existan salvaguardias adecuadas y criterios claros, basados en el interés superior del niño, para determinar si un niño debe ser colocado en un entorno de cuidado alternativo;
c) Vele por que se examinen periódicamente las decisiones sobre el acogimiento de los niños en hogares de guarda o su asignación a instituciones, y supervise la calidad de la atención que reciben, entre otras cosas proporcionando vías accesibles para denunciar y supervisar los casos de malos tratos a los niños y ofrecerles medios de reparación;
d) Garantice que se asignen recursos humanos, técnicos y financieros adecuados a los centros de cuidado alternativo y los servicios de protección de la infancia competen-tes, con miras a facilitar la rehabilitación y reinserción social de los niños;
e) Intensifique sus esfuerzos por aplicar las medidas de desinstitucionalización de los niños que actualmente viven en instituciones, y asegure, siempre que sea posible y que redunde en el interés superior de estos, la reunificación con sus familias.
Otros puntos a destacar del boletín refieren a los motivos de permanencia dentro del sistema.
El ODNAU expone que 7 de cada 10 niñas, niños y adolescentes presentan como motivo, «protección» lo cual es difuso; a su vez 2 de cada 10 han sido ingresados por problemas vinculados a su familia, mientras que 58 del total se encuentran internados por motivo de»carencia de vivienda o ingresos», causa expresamente tratada en el artículo 27de la Convención sobre los Derechos del Niño y en el artículo 12 del Código de laNiñez y Adolescencia (Ley 17.823), quedando injustificada la separación familiar por «razones económicas».
Los datos procesados también refieren al acceso a la educación de las niñas y niños bajo el sistema de protección del Estado, donde para la franja etárea de 13 a 17 años, se muestra la preocupante cifra de un 39 % que no registra asistencia escolar .
Para descargar el Boletín cliquear en la siguiente imagen. Boletín ODNAU Nº 3